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Artículo 24 de la Ley 18.989 · Crea el ministerio de planificacion y cooperacion

Crea el ministerio de planificacion y cooperacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30357 / 8453737.

Texto oficial

Artículo 24.- Fíjanse las siguientes plantas del personal de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile: AGENCIA DE COOPERACION INTERNACIONAL DE CHILE (AGCI) Grado N° ----- ----- Director Ejecutivo 1 C 1 ----- 1 PLANTA DE DIRECTIVOS Fiscal 3 1 Jefes de Departamento 3 6 Jefe de Subdepartamento 9 1 --- 8 PLANTA DE PROFESIONALES Profesionales 4 7 Profesional 5 1 Profesional 6 1 ---- 9 PLANTA DE TECNICOS Técnico 10 1 --- 1 PLANTA DE ADMINISTRATIVOS Administrativos 10 2 Administrativos 12 3 Administrativo 14 1 Administrativo 15 1 ----- 7 PLANTA DE AUXILIARES Auxiliares 20 2 Auxiliares 21 2 ----- 4 TOTAL PLANTA 30