Texto oficial
"Artículo 1°.- Durante 1990, la entrada de tropas extranjeras al territorio de la República, como asimismo la salida de tropas nacionales fuera de él, se regirán por esta ley.
Establece normas sobre ingreso de tropas extranjeras al territorio de la república y de salida de tropas nacionales fuera del mismo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30363 / 5993764.