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Artículo 4 de la Ley 19.005

Concede asignacion a funcionarios del ministerio de salud y organismos dependientes que se indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30373 / 9047157.

Texto oficial

Artículo 4°.- Las asignaciones establecidas por esta ley serán imponibles, exclusivamente, para los efectos de cotizaciones a los fondos de pensiones y de salud. Tales asignaciones no serán consideradas como base de cálculo para ningún otro efecto legal.