Texto oficial
Artículo 3°.- Las anotaciones relativas a
transformaciones y supresiones de cargos a medida que ellos
queden vacantes, que se contienen en el decreto con fuerza
de ley N° 1, de 1990, del Ministerio de Educación,
relativas a las Plantas de Nivel Central y Regional,
continúan vigentes respecto de la Planta Nacional
fusionada.