Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 19.037 · Fusiona plantas del ministerio de educacion

Fusiona plantas del ministerio de educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30404 / 9047164.

Texto oficial

Artículo 3°.- Las anotaciones relativas a transformaciones y supresiones de cargos a medida que ellos queden vacantes, que se contienen en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1990, del Ministerio de Educación, relativas a las Plantas de Nivel Central y Regional, continúan vigentes respecto de la Planta Nacional fusionada.