Texto oficial
Artículo 17 bis J.- El Secretario Abogado será la
autoridad directa del personal destinado al Tribunal para
efectos administrativos, sin perjuicio de otras funciones y
atribuciones específicas que le asigne o delegue el
Tribunal.
Establece normas aplicables a los privilegios industriales y protección de los derechos de propiedad industrial
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30406 / 8287181.