Saltar al contenido

Artículo 6 de la Ley 19.040

Establece normas para adquisicion por el fisco de vehiculos que indica y otras disposiciones relativas a la transporte remunerado de pasajeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30407 / 8248997.

Texto oficial

Artículo 6°.- El personal administrativo, o de inspectores, aseadores u otros de las asociaciones o agrupaciones empresariales, cuyos servicios puedan cesar como consecuencia de la operación de compraventa de vehículos a que se refieren los artículos 1° y 2°, tendrá derecho, por la naturaleza de sus servicios, a la asignación compensatoria excepcional del artículo 5° de la ley N° 19.010.