Texto oficial
Artículo 11.- Durante los años 1991 y 1992 se
reconocerá a los profesionales de la educación particular
subvencionada, un bono anual de $ 10.000 de cargo fiscal,
que será destinado exclusivamente al pago de cursos y
actividades de perfeccionamiento conforme al procedimiento
que se establezca por decreto supremo del Ministerio de
Educación.