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Artículo 3 de la Ley 19.072 · Concede honor publico que indica a pablo neruda y modifica textos legales que señala

Concede honor publico que indica a pablo neruda y modifica textos legales que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30439 / 8287319.

Texto oficial

Artículo 3°.- Agrégase en el inciso primero del artículo 10 de la ley N° 17.336, la siguiente frase, sustituyendo el punto final (.), por una coma (,): "y por cincuenta años cuando se trate de perpetuar la memoria de un autor ilustre y así se exprese en decreto supremo fundado.".".