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Artículo 11 de la Ley 19.086

Establece nuevas normas sobre remuneraciones y cargos en plantas de personal del sector salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30453 / 9047179.

Texto oficial

Artículo 11°.- El gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1991, se financiará con los recursos contemplados en los presupuestos vigentes de los respectivos Servicios. No obstante lo anterior, el Ministro de Hacienda, con cargo al Item 50-01-03-25-33.004 de la Partida Tesoro Público, podrá suplementar los referidos presupuestos en la perte de dicho gasto que no pudieren financiar con sus recursos.".