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Artículo 14 de la Ley 19.103 · Aprueba ley de presupuestos del sector publico para el año 1992

Aprueba ley de presupuestos del sector publico para el año 1992

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30470 / 8462017.

Texto oficial

Artículo 14°.- Autorízase el Banco Central de Chile, para suscribir, con cargo a su disponibilidad de reserva, el aumento de la cuota que le corresponde a Chile en el Fondo Monetario Internacional hasta completar la cantidad de seiscientos veintiún millones setecientos mil Derechos Especiales de Giro, que consta en la Resolución N° 45-2, adoptada por la Junta de Gobernadores el 28 de junio de 1990. Además, apruébase la Tercera Enmienda al Convenio Constitutivo del Fondo Monetario Internacional, contenida en la Resolución N° 45-3, adoptada por la Junta de Gobernadores del Fondo el 28 de junio de 1990.