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Artículo 10 de la Ley 19.112

Modifica sistema de remuneraciones de los profesionales regidos por la ley n° 15.076 y dicta otras normas relativas al personal del sector salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30479 / 7189259.

Texto oficial

Artículo 10.- El gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1991, se financiará con los recursos contemplados en los presupuestos vigentes de los respectivos Organismos. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33-004 de la Partida Tesoro Público, podrá suplementar los referidos presupuestos en la parte de dicho gasto que no pudieren financiar con sus recursos.".