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Artículo 1 transitorio de la Ley 19.122 · Crea juzgado de letras de menores con asiento en la comuna de san antonio

Crea juzgado de letras de menores con asiento en la comuna de san antonio

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30489 · idParte: 8218227

Texto oficial

Artículo 1°.- Los nombramientos que procedan con motivo de la creación del Juzgado de Letras de Menores de San Antonio, a que se refiere el artículo 1° de esta ley, y la instalación del mismo, se efectuarán una vez que la Corporación Administrativa del Poder Judicial ponga a disposición de la Corte de Apelaciones respectiva, el local destinado a su funcionamiento.