Saltar al contenido

Artículo 2 transitorio de la Ley 19.122 · Crea juzgado de letras de menores con asiento en la comuna de san antonio

Crea juzgado de letras de menores con asiento en la comuna de san antonio

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30489 · idParte: 8218229

Texto oficial

Artículo 2°.- Las causas de menores que estuviesen sometidas al conocimiento del Primer Juzgado de Letras de San Antonio, serán remitidas al Juzgado de Letras de Menores de San Antonio, una vez instalado.