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Artículo 3 transitorio de la Ley 19.122 · Crea juzgado de letras de menores con asiento en la comuna de san antonio

Crea juzgado de letras de menores con asiento en la comuna de san antonio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30489 / 8218230.

Texto oficial

Artículo 3°.- El mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley se financiará con los recursos asignados al Poder Judicial en el Presupuesto del Sector Público.".