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Artículo 12 de la Ley 19.123

Crea corporacion nacional de reparacion y reconciliacion, establece pension de reparacion y otorga otros beneficios en favor de personas que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30490 · idParte: 8639714

Texto oficial

Artículo 12.- El personal de la Corporación se regirá por las disposiciones de la ley N° 18.834, Estatuto Administrativo, y en materia de remuneraciones estará afecto a las normas del decreto ley N° 249, de 1974, y su legislación complementaria.