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Artículo 1 transitorio de la Ley 19.131 · Modifica ley n° 18.838, sobre consejo nacional de television

Modifica ley n° 18.838, sobre consejo nacional de television

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30498 / 7189360.

Texto oficial

....Artículo 1°.- A los sesenta días siguientes a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, cesarán en sus funciones los consejeros designados en conformidad con el artículo 1° transitorio de la ley N° 18.838, y entrarán en funciones los consejeros designados en conformidad al nuevo texto de esta ley. El actual Secretario General permanecerá en funciones hasta que el nuevo Consejo designe a su reemplazante.