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Artículo 33 de la Ley 19.132 · Crea empresa television nacional de chile

Crea empresa television nacional de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30499 / 8748238.

Texto oficial

Artículo 33.- La empresa y sus filiales quedarán sujetas a la tuición y fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero, en los mismos términos que las sociedades anónimas abiertas.