Texto oficial
Artículo 3°.- Los nombramientos que procedan con motivo de la creación del Cuarto Juzgado del Crimen de Concepción y la instalación de ese Tribunal, se efectuarán una vez que la Corporación Administrativa del Poder Judicial ponga a disposición de la Corte de Apelaciones respectiva el local destinado a su funcionamiento.".