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Artículo 4 de la Ley 19.156 · Crea juzgados de letras que indica y modifica el código orgánico de tribunales

Crea juzgados de letras que indica y modifica el código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30523 / 8232376.

Texto oficial

Artículo 4°.- Créase un Tercer Juzgado de Letras, de competencia común, con asiento en la comuna de Curicó, y jurisdicción sobre las comunas de Curicó, Teno, Romeral y Rauco.