Texto oficial
Artículo 8°.- Créase un Juzgado de Letras, de competencia común, con asiento en la comuna de Paillaco, y jurisdicción sobre la misma comuna.
Crea juzgados de letras que indica y modifica el código orgánico de tribunales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30523 / 8232380.