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Artículo 11 de la Ley 19.162

Establece sistema obligatorio de clasificacion de ganado, tipificacion y nomenclatura de sus carnes y regula funcionamiento de mataderos, frigorificos y establecimientos de la industria de la carne

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30529 · idParte: 5995299

Texto oficial

Artículo 11°- Sin perjuicio de las normas sanitarias, se exigirán requisitos y obligaciones equivalentes a los establecidos en esta ley a los productos cárneos importados que se comercialicen en el país. La fiscalización del cumplimiento de estas exigencias corresponderá al Servicio Agrícola y Ganadero.".