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Artículo 7 de la Ley 19.180

Modifica ley n° 18.883, sobre estatuto administrativo para funcionarios municipales y dicta normas sobre remuneraciones para el personal municipal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30547 / 8287589.

Texto oficial

Artículo 7°.- El gasto que irrogue la presente ley se imputará al presupuesto de la municipalidad respectiva.