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Artículo 6 de la Ley 19.184

Sustituye plantas de personal de la direccion de bibliotecas, archivos y museos y de la junta nacional de jardines infantiles

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30551 / 8510132.

Texto oficial

Artículo 6°.- Establécense los siguientes requisitos generales y específicos para el encasillamiento, ingreso y promoción en las plantas y cargos de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, sin perjuicio de que no serán útiles para la promoción aquellos requisitos alternativos que en cada planta, exigen precisamente, encontrarse el funcionario prestando servicios en la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos a la fecha de vigencia de esta ley: Planta de Directivos: A. Director Nacional de Bibliotecas, Archivos y Museos y Director de la Biblioteca Nacional. B. Jefes de Departamento Grado 3° al Grado 6° E.U.S. (15 cargos de exclusiva confianza). Requisitos: Tres años de experiencia profesional o directiva. C. Cargos de Carrera (Directivos del Grado 7° al Grado 16° E.U.S.). Requisitos: Los cargos de los grados 7°, 8° y 9° E.U.S. requieren título profesional otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, de una carrera de ocho semestres a lo menos, o estar sirviendo un cargo en la Planta de Directivos o de Profesionales en la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos a la fecha de vigencia de la presente ley. Los cargos Directivos comprendidos entre los grados 10° al 16° E.U.S. requieren alternativamente: 1.- Título profesional o técnico, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. 2.- Licencia de Educación Media y un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas de duración. 3.- Sin embargo, para acceder a los cargos y grados que a continuación se señalan, se requiere cumplir con los siguientes requisitos: 3.1.- Cuatro cargos grado 8° E.U.S. y un cargo grado 10° E.U.S. requieren título profesional de Bibliotecario o Bibliotecólogo otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste y cuatro años de experiencia en labores propias de la especialidad o en funciones equivalentes; 3.2.- Un cargo grado 10 E.U.S. requiere título de Contador Auditor, Contador Público o Contador y experiencia en labores administrativo-contables o en contabilidad gubernamental de a lo menos tres años; 3.3.- Un cargo grado 13° E.U.S. requiere a lo menos Licencia de Educación Media, y experiencia de tres años en el área de seguridad y vigilancia en instituciones públicas o privadas, y 3.4.- Un cargo grado 14° E.U.S. requiere título de Contador o o experiencia de a lo menos tres años en la Administración del Estado, de los cuales un año deberá ser en el área de remuneraciones del sector público. Planta de Profesionales: Requisitos Generales: Alternativamente se requiere: 1.- Título profesional de aquellos que requieren Licenciatura previa; 2.- Título profesional otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. 3.- Grado Académico de Licenciado, Magister o Doctor, otorgado por una Universidad del Estado o reconocido por éste. 4.- Ser Bibliotecario Colegiado de acuerdo a lo dispuesto en la ley N° 17.161, o profesor con equivalencia de título reconocido por la ley N° 18.329. 5.- Estar sirviendo un cargo en la Planta de Profesionales de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos a la fecha de vigencia de la presente ley. Sin embargo, para acceder a los cargos y grados de la E.U.S. que se señalan, se requiere cumplir, además, con los siguientes requisitos: A. Grado 5° E.U.S. (4 cargos) Requisitos: 1.- Un cargo requiere título profesional de Ciencias Sociales en la especialidad de Antropología o Arqueología. 2.- Un cargo requiere título profesional de Ingeniero Comercial o Administrador Público o Abogado. 3.- Un cargo requiere título profesional del área de las Ciencias Naturales y Matemática, Educación o de materias similares. 4.- Un cargo requieren título profesional del área de las Ciencias Sociales, Humanidades, Arte y Arquitectura, Tecnología, Educación o de materias similares. B. Grado 6° E.U.S. (7 cargos) Requisitos: 1.- Un cargo requiere título del área Tecnología en la especialidad de Computación o Informática. 2.- Dos cargos requieren título profesional del área de Humanidades, Educación, Ciencias Sociales, Derecho, Arte y Arquitectura, o de materias similares. 3.- Dos cargos requieren título profesional del área de Ciencias Naturales y Matemática, Tecnología, Educación o de materias similares. 4.- Dos cargos requiere título profesional del área de Ciencias Sociales en la especialidad de Antropología o Arqueología. C. Grados 7° al 10° E.U.S. (11 cargos) Requisitos: 1.- Un cargo grado 7°, un cargo grado 9° y dos cargos grado 10° requieren título profesional del área de las Ciencias Naturales y Matemática, Educación o de materias similares. 2.- Un cargo grado 8° y dos cargos grado 10° requieren título profesional y experiencia de a lo menos tres años en conservación y restauración del patrimonio cultural. 3.- Un cargo grado 8° requiere, indistintamente, título profesional de Ingeniero Civil, Ingeniero de Ejecución, Arquitecto o Constructor Civil. 4.- Un cargo grado 9° y dos cargos grado 10° requieren título profesional de Bibliotecario, Bibliotecólogo o ser Bibliotecario Colegiado de acuerdo a lo dispuesto en la ley N° 17.161. D. Grados 11° al 13° E.U.S. (29 cargos) Cuatro cargos grado 11°, doce cargos grado 12° y trece cargos grado 13°, requieren título profesional de Bibliotecario, Bibliotecólogo o ser Bibliotecario Colegiado de acuerdo a lo dispuesto en la ley N° 17.161. Planta de Técnicos: Requisitos: Los cargos de la Planta de Técnicos requieren alternativamente los siguientes requisitos: 1.- Título de Técnico, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. 2.- Título otorgado por un Centro de Formación Técnica o equivalente, del Estado o reconocido por éste. 3.- Haber aprobado a lo menos cuatro semestres de una carrera impartida por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. 4.- Título otorgado por un establecimiento de Educación Media Técnico-Profesional del Estado o reconocido por éste, o título de Contador. 5.- Título de Técnico en Museología, otorgado por el Centro Nacional de Museología. 6.- Licencia de Educación Media o equivalente y cursos de capacitación y especialización en el área de Conservación y Restauración del patrimonio cultural, en el país o en el extranjero, de a lo menos nueve meses en total. 7.- Estar sirviendo a la fecha de vigencia de la presente ley, cargos en la Planta de Profesionales o de Técnicos de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos. Planta de Administrativos: Requisitos: Los cargos de la Planta de Administrativos requieren alternativamente los siguientes requisitos: 1.- Licencia de Educación Media o equivalente. 2.- Estar en servicio en la Planta de Administrativos de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos a la fecha de vigencia de la presente ley. 3.- Sin embargo, para acceder a los cargos y grados de la E.U.S. que se señalan, se requiere cumplir además, con los siguientes requisitos: - Para los cargos grado 12° y 13° se requiere título o curso de Secretario Ejecutivo o de otra carrera equivalente. Planta de Auxiliares: Requisitos: Los cargos de la Planta de Auxiliares requieren alternativamente los siguientes requisitos: 1.- Educación Básica completa. 2.- Estar en servicio en cargos de la Planta de Auxiliares de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos a la fecha de vigencia de la presente ley. 3.- Sin embargo, para acceder a los cargos y grados de la E.U.S. que se señalan, se requiere cumplir además, con los siguientes requisitos: 3.1. Un cargo grado 19° y un cargo grado 21°, requieren tres años de experiencia en labores de instalación, reparación o mantención de sistemas eléctricos. 3.2. Un cargo grado 19°, un cargo grado 20°, un cargo grado 22° y un cargo grado 23°, requieren estar en posesión de licencia para conducir vehículos motorizados Clase A. 3.3. Un cargo grado 19°, un cargo grado 20°, un cargo grado 22° y dos cargos grado 23°, requieren tres años de experiencia en labores de carpintería, gasfitería, mueblería, imprenta o encuadernación.