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Artículo 15 de la Ley 19.185

Reajusta remuneraciones del sector publico, concede aguinaldo de navidad y dicta otras normas de caracter pecuniario

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30552 · idParte: 8453934

Texto oficial

Artículo 15.- Lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de esta ley, se aplicará también a aquellos servicios que a la fecha de su vigencia no hayan efectuado las adecuaciones de sus plantas o escalafones, conforme a lo establecido en el artículo 5° de la ley N° 18.834.