Texto oficial
Artículo 3°.- La Fundación promoverá el establecimiento de mecanismos de intercambio entre entidades públicas y privadas y personas naturales establecidas en los países miembros de la Comunidad Económica Europea y Chile, que permitan fomentar una mayor cooperación económica, tecnológica, comercial y social, y fortalecer las acciones que otras entidades realicen con similar finalidad, todo ello orientado fundamentalmente a las pequeñas y medianas empresas nacionales productoras de bienes y servicios.