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Artículo 8 de la Ley Foxley

Establece nuevas normas sobre otorgamiento de pensiones a trabajadores que indica y dicta otras disposiciones de caracter previsional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30567 / 8249164.

Texto oficial

Artículo 8°.- Deróganse, a contar del primer día del mes subsiguiente del de publicación de esta ley, los incisos segundo y tercero del artículo 40 y el artículo 12 transitorio de la ley N° 19.070, y el inciso segundo del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 3, de 1980, del Ministerio de Educación.