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Artículo 2 de la Ley 19.202

Modifica ley orgánica del consejo de defensa del estado y sustituye sus plantas de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30569 / 8249171.

Texto oficial

Artículo 2°.- Sustitúyense las Plantas del personal del Consejo de Defensa del Estado contenidas en el decreto con fuerza de ley N° 5-90, del Ministerio de Justicia, publicado en el Diario Oficial de 10 de mayo de 1990, por las siguientes: Planta Grado N° cargos Directivos Presidente del Consejo 1B 1 Abogados Consejeros 1C 11 Jefe de Departamento de Defensa Estatal 2 1 Secretario Abogado 2 1 Abogado Inspector 2 1 Abogado Procurador Fiscal de Santiago 2 1 Abogado Procurador Fiscal de Valparaíso 2 1 Abogado Procurador Fiscal de Concepción 2 1 Abogados Procuradores Fiscales 3 14 Jefe de Control y Tramitaciones Judiciales 3 1 Jefe de Estudios y Planificación 3 1 Jefe de Subdepartamento Procuraduría Corte Suprema y Tribunales Superiores de la Procuraduría Fiscal de Santiago 6 1 Jefe de Subdepartamento Procuraduría Civil de la Procuraduría Fiscal de Santiago 6 1 Jefe de Subdepartamento Procuraduría Criminal de la Procuraduría Fiscal de Santiago 6 1 Jefe de Subdepartamento Procuraduría Policía Local de la Procuraduría Fiscal de Santiago 6 1 Jefe de Subdepartamento Personal, Bienestar y Administrativo 6 1 Jefe de Subdepartamento de Legislación y Biblioteca 6 1 Jefe de Sección de Presupuesto 7 1 Jefe de Sección 7 1 Jefes de Oficina 9 4 Jefes de Oficina 11 3 TOTAL 49 Profesionales Profesionales 4 18 Profesionales 5 20 Profesionales 6 22 Profesionales 7 18 Profesionales 8 7 Profesionales 9 2 Profesional 10 1 Profesional 12 1 TOTAL 89 Técnicos Técnico 8 1 Técnicos 9 2 Técnicos 10 3 Técnico 12 1 Técnicos 15 5 Técnicos 16 3 Técnicos 17 10 Técnicos 18 14 Técnicos 19 8 TOTAL 47 Administrativos Administrativos 10 4 Administrativos 14 4 Administrativos 15 5 Administrativos 16 6 Administrativos 17 7 Administrativos 18 7 Administrativos 19 9 Administrativos 21 7 Administrativos 23 4 Administrativos 24 2 Administrativos 25 2 TOTAL 57 Auxiliares Auxiliares 20 3 Auxiliares 21 4 Auxiliares 22 3 Auxiliares 23 5 Auxiliares 24 6 Auxiliares 25 3 TOTAL 24 DEPARTAMENTO DE DEFENSA DE LA LEY DE ALCOHOLES Directivos Grado N° de Cargos Jefe de Departamento de Alcoholes 3° 1 Abogados Provinciales 7° 18 Jefe de Oficina 11° 1 Profesionales Abogados 6° 5 Abogado 8° 1 Técnicos Técnico 17° 1 Técnico 18° 1 Administrativos Administrativos 15° 2 Administrativo 20° 1 Auxiliares Auxiliar 21° 1 TOTAL CARGOS 32. Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican: A) Planta de directivos: a) Abogado Consejero: título de abogado y experiencia profesional de 15 años, a lo menos. b) Directivos grados 2 a 5 E.U.S.: requieren título de abogado con una experiencia de 5 años en el ejercicio de la profesión. c) Directivos grados 6 a 7 E.U.S. requieren de título de abogado, con una experiencia de 2 años en el ejercicio de la profesión. c) Jefes de oficinas grado 9 E.U.S.: un cargo deberá acreditar título de contador y desempeño de a lo menos 8 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta Planta, más un curso de Gestión Directiva de 90 horas a lo menos; y el resto, desempeño de a lo menos 10 años en el Servicio o en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Administrativos o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrarla, uno de los cuales debe ser en cargos tope de esta Planta, más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. d) Jefes de Oficina grado 11 E.U.S.: desempeño de a lo menos 10 años en el Servicio o en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Administrativos, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrarla, uno de los cuales debe ser en cargos tope de esta Planta, más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. B) Planta de Profesionales: a) Profesionales grados 4 al 7 E.U.S.: requieren título de abogado y 2 años de experiencia en el Sector Público o Privado. b) Profesionales grados 8 al 10 E.U.S.: requieren título de abogado y un año de experiencia en el Sector Público o Privado. c) Profesional grado 12 E.U.S.: requiere título de Bibliotecario. C) Planta de Técnicos: a) Técnicos grado 8 y 9 E.U.S.: requieren título de analista de sistemas o de Programador en computación a lo menos. b) Técnicos grados 10 y 12 E.U.S.: deberán acreditar título de contador; o título de Técnico otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. c) Técnicos grados 15 al 19 E.U.S.: deberán acreditar tercer año de Derecho rendido. D) Planta de Administrativos: a) Administrativos grado 10 E.U.S.: deberán acreditar un Curso de Secretariado de a lo menos 500 horas, y 4 años de experiencia en el Servicio o 5 años de experiencia en el sector privado y Licencia de Educación Media o equivalente. b) Administrativos grados 14 al 25 E.U.S.: Licencia de Educación Media o equivalente. E) Planta de Auxiliares: Haber aprobado la Educación Básica.