Texto oficial
Artículo 6°.- Si resultaren excedentes pecuniarios al concluir la erección de los monumentos referidos, éstos serán destinados a la habilitación de un museo en honor de don Claudio Arrau León en la ciudad de Chillán.".
Autoriza ereccion de monumentos en memoria de don claudio arrau leon
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30583 / 8287717.