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Artículo 1 de la Ley 19.222 · Reajusta monto del ingreso minimo mensual

Reajusta monto del ingreso minimo mensual

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30589 / 8470502.

Texto oficial

"Artículo 1°.- Elévase, a contar del 1° de junio de 1993, de $ 38.600.- a $ 46.000.- el monto del ingreso mínimo mensual. Elévanse, a contar de la misma fecha, de $ 33.219.- a $ 39.587.- el ingreso mínimo mensual para los trabajadores menores de 18 años de edad; y de $ 28.707.- a $ 34.210.- el que se emplea para fines no remuneracionales.