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Artículo 4 de la Ley 19.236 · Creacion juzgados de policia local que señala

Creacion juzgados de policia local que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30603 / 8287743.

Texto oficial

Artículo 4°.- Modifícase el artículo 1°, del decreto con fuerza de ley N° 266, de 1981, del Ministerio de Hacienda, que fijó la planta de personal de la Municipalidad de Chépica, incorporando en el escalafón de "Directivos", un cargo de Juez de Policía Local, grado 9°, en el escalafón de "Profesionales", un cargo Profesional grado 12°, y en el escalafón de "Administrativos", dos cargos administrativos grado 18°.