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Artículo 5 de la Ley 19.236 · Creacion juzgados de policia local que señala

Creacion juzgados de policia local que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30603 / 8287744.

Texto oficial

Artículo 5°.- Créase en la Municipalidad de Licantén un Juzgado de Policía Local. El ámbito territorial donde ejercerá su jurisdicción estará integrado por las comunas de Licantén, Vichuquén y Hualañé, de la Provincia de Curicó.