Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 19.239 · Crea universidad tecnologica metropolitana

Crea universidad tecnologica metropolitana

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30606 · idParte: 9075693

Texto oficial

Artículo 3°.- Para todos los efectos legales, la Universidad Tecnológica Metropolitana será la sucesora y la continuadora legal del Instituto Profesional de Santiago, tanto en el dominio de todos sus bienes como en los derechos y obligaciones derivados de todo tipo de acto o contrato que dicho Instituto hubiese ejecutado o celebrado.