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Artículo 4 de la Ley 19.239 · Crea universidad tecnologica metropolitana

Crea universidad tecnologica metropolitana

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30606 / 9075694.

Texto oficial

Artículo 4°.- Transfiérense los bienes, de cualquier naturaleza que sean, que integren el activo del Instituto Profesional de Santiago a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, a la Universidad Tecnológica Metropolitana. Los Conservadores de Bienes Raíces respectivos efectuarán las inscripciones, subinscripciones o anotaciones que fueren procedentes, a petición del Rector de la Universidad, con el solo mérito del decreto que éste dicte y en el que se individualicen los bienes correspondientes.