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Artículo 13 transitorio de la Ley 19.239 · Crea universidad tecnologica metropolitana

Crea universidad tecnologica metropolitana

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30606 / 9075703.

Texto oficial

Artículos Transitorios {ARTS. 1-2} Artículo 1°.- Mientras no entren en vigencia las normas del estatuto a que se refiere el artículo 10, la Universidad Tecnológica Metropolitana se regirá, en lo que fuere pertinente, por las disposiciones legales y reglamentarias que rigen al Instituto Profesional de Santiago. El proyecto de estatutos a que se refiere el inciso segundo del mencionado artículo, será aprobado internamente en conformidad con dichas normas legales y reglamentarias, a proposición del Rector.