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Artículo 14 transitorio de la Ley 19.239 · Crea universidad tecnologica metropolitana

Crea universidad tecnologica metropolitana

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30606 / 9075704.

Texto oficial

Artículo 2°.- El Rector del Instituto Profesional de Santiago continuará siéndolo de la Universidad Tecnológica Metropolitana, con las atribuciones que le confieren las leyes, estatutos y reglamentos que rigen a dicho Instituto, hasta el término del período legal por el cual fue designado en éste. Las atribuciones que correspondan a los organismos colegiados del Instituto Profesional de Santiago en conformidad a sus estatutos y reglamentos, se prolongarán hasta la entrada en vigencia de los estatutos de la Universidad Tecnológica Metropolitana.".