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Artículo 6 transitorio de la Ley 19.250

Modifica libros i, ii y v del código del trabajo, articulo 2472 del código civil y otros textos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30617 / 8537439.

Texto oficial

Artículo 6°.- Lo dispuesto en el nuevo artículo 138 del Código del Trabajo, entrará en vigencia a partir del 1° de diciembre de 1993.