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Artículo 6 de la Ley 19.264 · Establece beneficios a funcionarios de servicios de salud que indica

Establece beneficios a funcionarios de servicios de salud que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30631 / 9075719.

Texto oficial

Artículo 6°.- Los trabajadores señalados en las letras c), d) y e) del artículo 2° de la ley N° 19.251, que no cumplan con los requisitos educacionales para su clasificación en las categorías señaladas en dicha disposición, tendrán igualmente derecho a percibir la bonificación compensatoria que otorga la mencionada ley.