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Artículo 49 de la Ley 19.269

Modifica plantas de personal de servicios que indica y dicta normas en materia de personal de la administración del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30636 · idParte: 8510237

Texto oficial

Artículo 49.- Modifícase el artículo 4° de la ley N° 19.254 de la siguiente manera: Suprímese, en el párrafo que contiene los requisitos para la planta de Técnicos, el punto final (.) de la letra a), reemplazándolo por una coma (,) y agrégase a continuación la conjunción "o".