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Artículo 5 de la Ley 19.270

Modifica la ley sobre impuesto a la renta, el articulo 36 del decreto ley n°825, de 1974, el articulo 4° de la ley n°18.841 y otras normas de caracter tributario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30637 / 8691764.

Texto oficial

Artículo 5°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N°19.149: a.- Intercálase en el artículo 9° el siguiente inciso segundo, pasando a ser tercero y cuarto los actuales incisos segundo y tercero: "Gozarán también del beneficio establecido en el inciso anterior, las empresas que desarrollen actividades comerciales que por su giro sean o puedan ser proveedoras de las empresas acogidas al artículo 1° para lo cual les será aplicable en todo lo dispuesto en dicho artículo, pero sólo en lo que sea pertinente a esta franquicia.", y b.- Intercálase en el inciso primero del artículo 10, después de la palabra "empresas", en la segunda vez que aparece, la expresión "de que trata el Título I de esta ley".