Texto oficial
Artículo 12.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley para el año 1993 y siguientes, se financiará con cargo al Presupuesto del Ministerio de Educación.".
Concede beneficios que indica a profesionales de la educacion que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30645 / 9047277.