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Artículo 4 de la Ley 19.279 · Autoriza negociacion colectiva en empresa que señala

Autoriza negociacion colectiva en empresa que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30646 · idParte: 8910014

Texto oficial

Artículo 4°.- La presente ley entrará en vigor el primer día del mes siguiente al de su publicación.