Texto oficial
Artículo 13.- El Ministerio, en coordinación con el de Agricultura, establecerá un sistema de seguimiento que permita evaluar la confiabilidad operativa de los organismos de certificación.
Establece normas sobre acreditamiento, funcionamiento y supervision de organismos de certificacion de calidad de productos hortofruticolas que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30649 / 8287854.