Saltar al contenido

Artículo 25 C de la Ley 19.284 · Establece normas para la plena integracion social de personas con discapacidad

Establece normas para la plena integracion social de personas con discapacidad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30651 / 10170216.

Texto oficial

Artículo 25-C.- Para los efectos previstos en esta ley, se entenderá por "perro de asistencia" aquel que fuere individualmente entrenado para realizar labores en beneficio de una persona con discapacidad. Los perros de asistencia podrán ser entrenados para realizar labores de perros guía, de señal, de servicio o de otro tipo, en conformidad con las características y condiciones que fije el reglamento.