Texto oficial
Artículo 30.- Créanse en la Corte de Apelaciones de
Concepción, los cargos que a continuación se indican, con
sus respectivos grados de la Escala de Sueldos Bases
Mensuales del Poder Judicial: a) Tres cargos de ministros,
de la segunda categoría
del Escalafón Primario, Grado IV.
b) Un cargo de fiscal, de la segunda categoría del
Escalafón Primario, Grado IV.
c) Dos cargos de relatores, de la tercera categoría
del Escalafón Primario, Grado V.
d) Dos cargos de oficiales cuartos, de la tercera
categoría del Escalafón de Empleados, Grado XIII.
e) Un cargo de oficial del fiscal, de la tercera
categoría del Escalafón de Empleados, grado XIII.
f) Un cargo de oficial de sala, de la sexta
categoría del Escalafón de Empleados, Grado XVI.