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Artículo 32 de la Ley 19.298

Crea juzgados y cargos que indica, modifica composicion de cortes de apelaciones que señala y disposiciones que indica del código orgánico de tribunales y de la ley n° 18.776

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30665 / 8707848.

Texto oficial

Artículo 32.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo décimo de la ley N° 18.776: 1) Sustitúyese el número 1 de la letra B, por el siguiente: "1.- El Primer y Segundo Juzgado de Letras de Menores de Antofagasta, las comunas de Antofagasta, Mejillones y Sierra Gorda.". 2) Sustitúyese el número 1 de la letra F, por el siguiente: "1.- El Primer Juzgado de Letras de Menores de Santiago, la provincia de Santiago, con exclusión de las comunas de Lo Espejo, Pedro Aguirre Cerda, San Miguel, San Joaquín, La Cisterna, San Ramón, La Granja, El Bosque, La Pintana, Pudahuel, Quinta Normal, Cerro Navia y Lo Prado. Igual asiento y territorio jurisdiccional tendrán el Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo y Octavo Juzgados. El Primer y Segundo Juzgado de Letras de Menores de Pudahuel, mantendrán su jurisdicción sobre las comunas de Quinta Normal, Pudahuel, Cerro Navia y Lo Prado y su carácter de Juzgados de asiento de Corte de Apelaciones para todos los efectos legales.". 3) Sustitúyese el número 2 de la letra H, por el siguiente: "2.- El Primer y Segundo Juzgados de Letras de Menores de Talca, las comunas de Talca, Pelarco, Río Claro, San Clemente, Maule y Pencahue.". 4) Sustitúyese la letra J, por la siguiente: "J.- JUZGADOS DE LA NOVENA REGION DE LA ARAUCANIA. El Primer y Segundo Juzgados de Letras de Menores de Temuco, las comunas de Temuco, Vilcún, Melipeuco, Cunco y Freire.". 5) Agrégase en la letra K, el siguiente número 4, nuevo: "4.- El Juzgado de Letras de Menores de Castro, las comunas de Castro, Chonchi, Dalcahue, Puqueldón y Queilén.".".