Texto oficial
Artículo 3°.- El mayor gasto que signifique la
aplicación de esta ley durante el año 1994 se financiará
con los recursos asignados al Poder Judicial en la Ley de
Presupuestos del Sector Público.".
Crea juzgados y cargos que indica, modifica composicion de cortes de apelaciones que señala y disposiciones que indica del código orgánico de tribunales y de la ley n° 18.776
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30665 / 8707852.