Texto oficial
Artículo 5°.- Las medidas de protección ambiental
que, conforme a sus facultades, dispongan ejecutar las
autoridades no podrán imponer diferencias arbitrarias en
materia de plazos o exigencias.
Aprueba ley sobre bases generales del medio ambiente
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30667 / 8640074.