Texto oficial
Artículo 6°.- El proceso educativo, en sus diversos
niveles, a tráves de la transmisión de conocimiento y de
la enseñanza de conceptos modernos de protección
ambiental, orientados a la comprensión y toma de conciencia
de los problemas ambientales, deberá incorporar la
integración de valores y el desarrollo de hábitos y
conductas que tiendan a prevenirlos y resolverlos.