Modifica el decreto ley 3.058, de 1979, sobre remuneraciones del poder judicial, dicta normas relativas a secretarios de juzgados de letras que no sean abogados y crea cargos que indica
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30673 / 8011704.
Texto oficial
Artículo 11° El mayor gasto fiscal que irrogue durante el año 1994 la aplicación de esta ley se financiará mediante transferencia del ítem 03 03 01 25 33 029 "Provisión para Cumplimiento de Nuevas Leyes" del presupuesto de la Corporación Administrativa del Poder Judicial para dicho año.".