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Artículo 10 de la Ley 19.306

Modifica el decreto ley 3.058, de 1979, sobre remuneraciones del poder judicial, dicta normas relativas a secretarios de juzgados de letras que no sean abogados y crea cargos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30673 / 8011703.

Texto oficial

Artículo 10° Sustitúyese la tercera de las Categorías del artículo 267 del Código Orgánico de Tribunales, por la siguiente: "Tercera Categoría: Jueces letrados de juzgados de ciudad asiento de Corte, relatores y secretarios de Cortes de Apelaciones y Secretario Abogado del Presidente de la Corte Suprema."